Qué debe llevar una factura VERI*FACTU
4 min de lectura · Verificado el 30 de septiembre de 2026 con fuentes oficiales
La factura que emites sigue siendo la misma de siempre, pero el programa que la genera debe crear además un registro de facturación y añadir un código QR. Aquí tienes qué es cada cosa, para qué sirve y qué datos de la factura no cambian.
El registro de facturación: qué es
El Real Decreto 1007/2023 obliga a que el sistema informático genere automáticamente un registro de facturación de alta, de forma simultánea o inmediatamente anterior a la expedición de cada factura.
Es un registro informático que acompaña a la factura y recoge sus datos principales. Se genera en formato XML, según la Orden HAC/1177/2024.
Qué datos recoge el registro
El artículo 10 del Real Decreto 1007/2023 enumera el contenido del registro de alta. Entre otros datos, incluye:
- NIF y nombre o razón social de quien emite la factura y, cuando sea obligatorio, del destinatario.
- Número y, en su caso, serie de la factura.
- Fecha de expedición y fecha de la operación, si es distinta.
- Tipo de factura (completa o simplificada) y, si es rectificativa, su tipo y las facturas rectificadas.
- Descripción general de las operaciones e importe total.
- Base imponible, tipos de IVA aplicados y cuota.
- Datos del sistema informático utilizado y fecha, hora, minuto y segundo en que se genera el registro.
La lista completa y su formato técnico están en el artículo 10 del Reglamento y en el anexo de la Orden HAC/1177/2024.
La huella (hash) y la cadena de registros
Cada registro incorpora una huella o hash, una especie de código calculado a partir de sus datos. Según la Orden HAC/1177/2024, en el registro de alta se calcula con datos como el NIF del emisor, el número y la fecha de la factura, el tipo, la cuota total, el importe total y la huella del registro anterior.
Además, cada registro contiene los primeros 64 caracteres de la huella del registro anterior. Así quedan encadenados por orden cronológico y no se pueden alterar ni ocultar sin que se note.
El algoritmo exacto de cálculo lo publica la AEAT en su sede electrónica, en un documento técnico.
El código QR: para qué sirve
La factura debe incluir un código QR, tanto si está en papel como si es una imagen digital. Debe medir entre 30x30 y 40x40 milímetros, seguir la norma ISO/IEC 18004 y usar corrección de errores de nivel M.
El QR contiene la dirección del servicio de cotejo de la AEAT y cuatro datos de la factura: NIF del emisor, serie y número, fecha de expedición e importe total.
Con él, quien recibe la factura puede comprobar en la sede electrónica de la AEAT que consta el registro de facturación y, en su caso, que la información coincide con la remitida.
- Si la factura es electrónica y se intercambia de forma estructurada entre sistemas, se incluye la URL del QR como campo independiente y no es necesario el dibujo del QR.
- El receptor, sea empresario o consumidor, puede enviar voluntariamente esos datos a la AEAT, y eso no se considera una denuncia pública.
La leyenda VERI*FACTU: cuándo aparece
Si el sistema envía todos los registros a la AEAT de forma continuada e instantánea, se considera un sistema de emisión de facturas verificables (VERI*FACTU). En ese caso, la factura debe mostrar la frase "Factura verificable en la sede electrónica de la AEAT" o "VERI*FACTU".
La frase debe tener un tipo de letra y un tamaño bien visibles, similares a los del resto de datos de la factura. Si el sistema no es VERI*FACTU, lleva el QR pero no esta frase.
Qué sigue igual en una factura
El contenido obligatorio de la factura sigue regulado por el Real Decreto 1619/2012. Su artículo 6 exige, entre otros:
- Número y, en su caso, serie, con numeración correlativa dentro de cada serie.
- Fecha de expedición.
- Nombre o razón social, NIF y domicilio de quien emite y del destinatario.
- Descripción de las operaciones, tipo de IVA y cuota repercutida por separado.
- Fecha de la operación si es distinta a la de expedición, y las menciones de exención o inversión del sujeto pasivo cuando correspondan.
Las facturas simplificadas tienen menos requisitos (artículo 7 del mismo real decreto).
Qué cambia en la práctica
- Cada factura tiene detrás un registro de facturación con huella, generado por el programa.
- La factura incorpora el código QR y, en sistemas VERI*FACTU, la leyenda correspondiente.
- Los registros no se modifican: cualquier corrección se hace con un registro adicional posterior.
- En VERI*FACTU, los registros se envían a la AEAT de forma instantánea.
Consulta siempre la información vigente de la AEAT, que publica las especificaciones técnicas y preguntas frecuentes actualizadas.
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